
Contar con una Ley de Glaciares que promueva el ordenamiento territorial del área cordillerana y un sistema de áreas protegidas es fundamental para asegurar la provisión futura de agua dulce. A nivel global, sólo el 3% del agua es dulce y la mayor reserva se encuentra en aguas subterráneas y en forma de hielo, en sitios como Antártida, el Ártico y los glaciares continentales. El 97% restante corresponde al agua de los océanos.
A su vez, la disminución de la superficie de los glaciares, producto del cambio climático, hace inminente su protección. Los modelos digitales de elevación muestran que durante los últimos 30 años, 63 de los principales glaciares en los campos de hielo en Patagonia se han derretido y han contribuido en 0,042 mm por año al crecimiento del nivel del mar. A partir de 1995 el derretimiento se duplicó, lo que equivale a un crecimiento del mar de 0.105 mm/año.
En este contexto, las masas de hielo de la Cordillera de los Andes se encuentran seriamente amenazadas y esta situación pone en riesgo su valor: los servicios ambientales-provisión de agua para consumo humano, actividades productivas primarias, emprendimientos energéticos, turismo -que prestan a la sociedad.
Sin embargo, La ley de protección de glaciares, que fue aprobada el 30 de septiembre en la Cámara de Senadores, contendría una “trampa” pergeñada por senadores oficialistas y radicales que eliminaron el artículo 17, por lo que ahora se podrán permitir nuevas actividades mineras, aunque no esté realizado el inventario ni definidos los sistemas a proteger.
Mientras tanto, hay un llamativo silencio sobre este tema por parte de la prensa hegemónica, la cadena oficialista de medios, las ONG y los partidos de oposición.
Con la modificación introducida en Senadores se podrán autorizar nuevos emprendimientos mineros en áreas potencialmente protegidas, aunque no esté realizado el inventario de glaciares y zonas perigraciares.
Entonces, la ley cuida o perjudica?

